viernes, mayo 11, 2012

COMUNIDAD CAMPESINA DE JICAMARCA Y EXPANSION URBANA: ¿invadiendo?

En el Informe No. 02, setiembre 2000, página 28, publicado por la Asociación Provincial  Huarochirí, se solicitaba que los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial  resolviesen con prontitud los procesos vinculados con el tráfico de tierras en la  comunidad  campesina de Jicamarca. En la otra rivera, al absolver preguntas de personas víctimas de estafa, extorsión, falsificación de documentos, usurpación agravada, violación de domicilio, asociación ilícita para delinquir, litigios entre directivas comunales paralelas, nulidad de actos jurídicos, etc. ocurridos en Jicamarca; ha despertado el interés por acercarnos a los hechos en  diferentes fuentes: históricas,  actuados en entidades  públicas y órganos jurisdiccionales, obteniendo lo que más adelante sigue.

“La antigua región de Huarochirí comprendía los valles de Omas, Chilca, Lurín, Rímac y la parte baja del Chillón. A esta conclusión conduce la lectura de “Dioses y  hombres de Huarochirí” del padre Francisco de Ávila, de la “descripción y relación de la Provincia de Yauyos toda…”, del corregidor de Huarochirí, Diego Dávila Briceño, así como los valiosos estudios de  la zona que acaba de publicar María Rostworowski de Diez Canseco” (1).
“Uno de los riesgos que corren las comunidades campesinas situadas en las cercanías de grandes ciudades es la amenaza de invasiones de su propiedad territorial. Es el caso de la comunidad campesina de Jicamarca cuyo territorio comprende 100 mil hectáreas y abarca desde las serranías de Lima hasta los límites  con Chosica, Huachipa y Carabayllo” (2).
“¿Qué parte de las áreas de crecimiento de Lima pertenecen a comunidades campesinas? Básicamente el sur y el este. En el norte tenemos a la comunidad de Jicamarca, que tiene parte de Carabayllo, parte de Comas y casi todo Independencia; tiene parte de San Juan de Lurigancho, que ya es el este, y Ate. Allí se junta con la comunidad de Collanac, que toma parte de Ate y de La Molina hasta Cieneguilla más o menos. De allí, por el sur, Cucuya toma parte de Pachacamac y Lurín; todo lo que es Atocongo, hacia el fondo. Luego esta la comunidad de Chilca. Entonces, de norte a sur tenemos Jicamarca, Collanac, Cucuya y Chilca. Cualquier expansión hacia el este de la ciudad  (de Lima) encontrará que hay un reclamo de una propiedad inscrita de una comunidad. Y eso que no estamos mencionando a Llanavilla, que es tema aparte. Reclama para sí derechos de propiedad hasta el litoral. Tiene para sí Villa El Salvador; tiene parcelas inscritas a su favor en la quebrada de Manchay, que ha transferido a otra comunidad campesina que se llama Santa Rosa de Manchay” (3).
“La invasión y el desalojo son dos conceptos tan antiguos como la historia de los Estados y las sociedades… Las haciendas coloniales y republicanas se forjaron generalmente invadiendo las propiedades de los indígenas por medio de las encomiendas y las compras y ventas forzadas o engañosas respectivamente… La invasión es,  por lo general, un concepto asociado a la conquista de Estados, sociedades y propiedades por medio del poder coercitivo. Y cuando ella tiene éxito se legaliza y aparece legítima” (4).

Las comunidades campesinas es una de las instituciones y formas de organización más antigua en zonas rurales del Perú. Es fruto de diversos grupos originarios, tiene como punto inicial en los Ayllus, luego comunidad de indios, comunidad de indígenas y finalmente comunidades campesinas. Las diferentes denominaciones ha sido un factor para apropiarse de tierras, mover la estructura ancestral y jurídica creando incertidumbre y generando invasiones de sus tierras dentro de un Estado altamente burocratizado y corrupto. La frondosa legislación sobre comunidades campesinas y tenencia de tierras ha generado una informal y desordenada expansión urbana alrededor de  la ciudad de Lima, donde los actores principales de la planificación urbana  NO son, precisamente autoridades o funcionarios del Estado, sino más bien de organizadas bandas criminales que extorsionan, cobran cupos, invaden y trafican con  tierras comunales a humildes familias en un ambiente de zozobra y sicosis social; es el caso de la comunidad  campesina de Jicamarca en el Distrito de San Antonio, Provincia de Huarochirí, Región Lima. Si hoy, la  invasión no es por medio del poder  coercitivo, actúa el crimen organizado.
La propiedad registrada de comunidades campesinas, la situación litigiosa entre aquellas y terceros, asimismo,  la incertidumbre de los límites territoriales en la ley de creación de distritos, motivaron ordenanzas municipales luego cuestionadas ante el Poder Judicial y Tribunal Constitucional. El máximo tribunal ha establecido (sentencia del  02-08-2004) que  la demarcación territorial, que al final de cuentas es lo que ha realizado la Municipalidad Provincial de Huarochirí, es una atribución del Congreso de la República, la cual solo puede establecerse en virtud de una ley ordinaria, a propuesta del Poder Ejecutivo. Asimismo, en vista del serio problema suscitado en torno a la delimitación territorial de los límites entre las provincias de Huarochirí, Canta y Lima ha exhortado al Poder Ejecutivo y al Congreso de la República a poner fin a dichas controversias, ejerciendo sus competencias de acuerdo con la Constitución. En tal sentido, el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la Ordenanza Municipal No. 000011, publicada el 06-09-2003, expedida por la Municipalidad Provincial de Huarochirí. Igual, en otra sentencia del 21-09-2010, expediente  00001-2010-PI/TC  declara fundada la demanda, en consecuencia inconstitucionales la Ordenanza Municipal No. 09-MDSA (27-04-2006) y  No. 11-MDSA (28-06-2006) emitidas por la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia de Huarochirí. (Continuará).
            (1)     Alejandro Ortiz Rescaniere. Huarochirí, 400 años después. PUCP. Fondo Editorial, Lima 1980.      
          (2)     Blas Gutiérrez Galindo. Jicamarca: (Des) control de su territorio comunal. Lima 1998.
         (3)     Revista QUEHACER. Edición No. 179, julio-setiembre, DESCO, página 59. Lima 2010. 
           (4)     Senesio López Jiménez. Diario La República, edición del 01-06-2007.

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