La
Contraloría General de la República ha informado que son 10 millones de
nuevos soles que el Estado pierde al
año por actos de corrupción. En buena
cuenta, dicha suma representa el 2 % del
PBI. Muchos actos ilícitos quedan impunes por transcurso del tiempo (prescribe
la acción penal según la ley peruana) y luego el autor vuelve a desempeñar un cargo público; en otros casos, el autor o autores del ilícito
son procesados y condenados penalmente, pero
en la mayoría de casos no pagan la reparación civil en favor del
Estado. Para disuadir hechos dolosos en agravio del Estado, en el Congreso de
la República existen 3 proyectos de ley: a) la imprescriptibilidad de los
delitos contra la administración pública a efectos de que los hechos dolosos no prescriban, por tanto
no queden impunes, b) la
inhabilitación perpetua mediante
el cual el funcionario público que ha sido condenado por delito de corrupción
en agravio del Estado no vuelva jamás a postular o ser nombrado en un cargo
público y c) la muerte civil,
dirigida a las personas con sentencia condenatoria que al no pagar la
reparación civil fijada no tengan acceso al sistema financiero. Sin embargo, el
ocio legislativo e intereses oscuros en el Congreso bloquean que aquellos
proyectos se conviertan en ley.
Estimamos, que en una eventual
reforma constitucional debe
establecerse una prohibición: que
el Congresista no ejerza cargo de
Ministro de Estado. Igual, presidentes regionales, consejeros, alcaldes y
regidores deben cumplir su mandato y no “abandonarlas” para postular a otro
cargo, aquellos han jurado ejercer el cargo por un periodo
determinado. La realidad de estos tiempos exige que deban suprimirse las
excepciones a la ley, lo pernicioso de conductas y comportamiento de
funcionarios públicos así lo exige. La ciudadanía percibe corrupción,
corruptelas, enriquecimiento indebido y robos a las arcas fiscales como el que
denuncia la Contraloría General de la República.martes, septiembre 16, 2014
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