Cabe
recordar que en el conjunto de nuestra
historia política republicana la clase dominante ha ejercido el poder a partir
de un débil sistema hegemónico que guarda relación, desde los orígenes de la
formación del Estado, con el problema nacional irresuelto… ausencia de un
proyecto nacional (1). “… En América Latina o en la región andina hay una democracia muy pobre, restringida,
limitada a la presencia política electoral pero sin ninguna
participación efectiva, sin contenidos sociales, sin capacidad para resolver
problemas… con democracias pálidas o no, la situación en nuestros países sigue
más o menos igual. Más allá de fanfarrias y de economías que crecen, las cosas
están como siempre estuvieron”. Comisión
Andina de Juristas. Las áridas
democracias. Lima, 2007. Trae a colación aquello, lo que sucede en el Congreso de la República donde más del
10% de sus integrantes (son 130 Congresistas) tienen investigaciones preliminares en el Ministerio
Público, procesos judiciales en curso y otros que serán posiblemente
denunciados. Ese 10% es un escándalo de proporciones, han mentido a su partido
político, al JNE y al pueblo que los eligió. ¿Qué sentido tiene que la labor
parlamentaria se desvié o se distraiga para atender temas de corrupción
generados por los propios integrantes del Congreso? En este escenario, lo
sustantivo de la democracia es ficticio, es precaria y en el otro escenario
real los problemas de pobreza, extrema pobreza, corrupción, discriminación y
exclusión NO resueltos. Entonces, no se están discutiendo soluciones.
No
se quiere decir o se calla, pues lo
medular del tema es la práctica usual de la venta de candidaturas (no todos) al que más
dinero “aporta” en el mercado electoral cada 4 ó 5 años. El problema ¿es de requisitos para ser Congresista?
Veamos. La Constitución Política del
Perú de 1933 estableció que para ser diputado se requiere ser peruano de
nacimiento, gozar del derecho de sufragio, haber cumplido 25 años de edad y ser
natural del departamento a que pertenece
el distrito electoral o tener 3 años de residencia continua; y, para ser
senador, además de lo señalado, haber cumplido 35 años de edad. En la
Constitución de 1979 para ser senador o
diputado se requería ser peruano de nacimiento, gozar del derecho de sufragio y
haber cumplido 35 años para senador y 25 para diputado. Con la actual Carta
Magna no ha variado los requisitos
señalados. En 80 años aquellos requisitos no han variado. Entonces, ¿80 años no
bastan para ampliar los requisitos e incorporar en la Constitución nuevas
reglas para ser elegido Congresista?
Ocho
días después de instalado el actual Congreso de la República, este ha modificando su reglamento, estableciendo: los Congresistas tienen la
obligación de mantenerse en comunicación con los ciudadanos y las
organizaciones sociales con el objeto de conocer sus preocupaciones,
necesidades y procesarlas de acuerdo a las normas vigentes, para lo cual se constituyen
cinco días laborables continuos al mes en la circunscripción electoral de
procedencia, individualmente o en grupo. Asimismo, deben atender las denuncias
debidamente sustentadas y documentadas de la población, fiscalizar a las
autoridades respectivas y contribuir a mediar entre los ciudadanos y sus
organizaciones y los entes del Poder Ejecutivo, informando regularmente sobre su actuación parlamentaria. Ciudadanas, ciudadanos, jóvenes y estudiantes deben conocer estas
obligaciones.
La Región Lima-Provincias cuenta con 4 Congresistas. Sucede que el Congresista
Wilder Ruiz Loayza, natural de Cajamarca, tiene procesos judiciales en curso,
es acusado del delito de robo en agravio
de la azucarera Andahuasi y haber dado información falsa al JNE. Pertenece a las filas del Nacionalismo.
( (1)
Perú:
Constitución y Sociedad Política. Marcial Rubio – Enrique Bernales. DESCO,
página 39. Lima, 1981.
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