sábado, diciembre 07, 2024

LABOR DE LAS FISCALIAS ESPECIALIZADAS DEFENSA JURIDICA DE LA BIODIVERSIDAD FRENTE A DELITOS Escribe, Gabriela Ramírez Parco, profesora ordinaria auxiliar PUCP. Miembro de la asamblea del INTE-PUCP.

La destrucción de nuestro planeta, nuestra casa común, de manera acelerada, infortunadamente es una verdad indiscutible. Según diversos expertos, el planeta ha llegado a un punto en el que ya no será posible recuperar toda la biodiversidad que hemos perdido en los últimos 50 años. Los datos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) arrojan que, a enero del presente año, “desde 1990, se han perdido unos 420 millones de hectáreas de bosque por conversión a otros usos del suelo”. Además de generar que diversas especies silvestres pierdan su hábitat natural, ello también genera un gran impacto negativo en la lucha contra el cambio climático.

Por su parte, en cuanto a la situación de la fauna silvestre, el reciente Informe Planeta Vivo 2024. Un sistema en peligro, elaborado por WWF Internacional, ha señalado de manera clara que, entre 1970 y 2020 “el tamaño medio de las poblaciones de fauna silvestre se ha reducido en un 73%”. En pocas palabras, la biodiversidad de nuestro planeta se agota y mucha de esa biodiversidad perdida no será recuperada. En este escenario, la comisión de determinados delitos ambientales, como la contaminación, la minería ilegal, la tala ilegal, el tráfico de especies silvestres, entre otros, resultan siendo los principales causantes de esta triste y indignante realidad que atraviesa nuestro planeta.

Esta realidad también alcanza a los recursos hidrobiológicos, en donde la sobre explotación y la pesca ilegal son algunas de las principales causas de la situación de vulnerabilidad y, en algunos casos, del peligro de extinción de la vida marina. Sobre esto último, el Informe sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2023 de la ONU indica que uno de cada cinco peces capturados procede la pesca ilegal no declarada y no reglamentada. Como bien señala el referido informe: “el mundo se enfrenta actualmente al mayor evento de extinción desde la desaparición de los dinosaurios”.

La pérdida de biodiversidad no solo representa la desaparición de millones de especies, sino también representa la amenaza a nuestros derechos humanos. Como bien ha indicado en reiteradas veces, la Relatoría de Derechos Humanos y Medio Ambiente de la ONU, a mayor biodiversidad, mayor calidad de vida de las personas. La realización plena de derechos humanos como el derecho a la vida, el derecho a la salud y a la seguridad alimentaria, dependen en gran medida de la protección jurídica de la biodiversidad de parte del Estado.

Nuestro país, según el Ministerio del Ambiente (Minam), “es una potencia mundial en biodiversidad y forma parte de los 20 países llamados megadiversos que, en conjunto, albergan el 70% de toda la diversidad bilógica del plantea”, Esta realidad, además de ser sinónimo de orgullo, debe representar una gran responsabilidad para todos los ciudadanos, pero sobre todo para los órganos que integran el Estado peruano y, en especial, para aquellos que tienen competencia en asuntos ambientales, a fin de prevenir o accionar de manera oportuna y célere antes los casos en que se genere algún daño a nuestra biodiversidad.

En este contexto, la labor del Ministerio Público peruano y, de manera particular, las fiscalías especializadas en materia ambiental (FEMA) son fundamentales en la protección de nuestra flora y fauna, tanto en ecosistemas marinas, como terrestres y en la persecución de los delitos que los dañan. Más aun, en los tiempos actuales, en los que la lucha contra la impunidad es uno de los principales retos para alcanzar el acceso a la justicia en asuntos ambientales.

Las FEMA fueron instalados en el 2008 en diversos distritos judiciales del país. Año en que también se emitió su primer reglamento de funcionamiento. En el 2020, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación No. 435-2020-MP-FN, se aprobó el nuevo Reglamento de las FEMA y, en su artículo 3, se indica que estas tienen como función la prevención e investigación de los delitos ambientales establecidos en el Código Penal, promoviendo la defensa del medio ambiente y de los recursos naturales como bien jurídico protegido, así como el mantenimiento de un ambiente sano y equilibrado, como derecho fundamental de las personas.

En este caso, el bien jurídico que se debe proteger -el medio ambiente- tiene una singularidad particular por los propios elementos biológicos, físicos, químicos, etcétera, que lo integran, y que eso puede generar mayor complejidad en algunas etapas del proceso penal. Por ello, la labor de las FEMA viene siendo crucial en el combate de este tipo de delitos. Sin embargo, para que la lucha contra la impunidad sea efectiva en este tipo de delitos ambientales, es fundamental que aquellas cuenten con todos los elementos necesarios para hacer frente a los criminales que buscan destruir el medio ambiente, para beneficio propio o el de grandes organizaciones criminales (como suele ocurrir en el caso del tráfico ilegal de vida silvestre) y que su lucha contra la impunidad no sea en vano.

Tomado de: Suplemento de análisis legal, JURIDICA No. 923, 03-12-2024.

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